Santiago del Estero, Argentina | LUNES 17 DE AGOSTO DEL 2026
 
 

Un fallo judicial inédito dispuso el destierro a Santiago del Estero del temible acosador de Tafi Viejo

El concepto no está contemplado como castigo en el Código Penal, pero se adapta al acuerdo al que llegaron las partes en una causa que se extendió por doce años.

Un fallo judicial inusual puso fin a más de una década de hostigamiento: un hombre que acosó durante 12 años a una joven de Tafí Viejo fue condenado a vivir fuera de Tucumán, en lo que se interpreta como una forma moderna de destierro, una figura no contemplada por el Código Penal, pero acordada entre las partes para garantizar la seguridad de la víctima.

El acusado, Federico Adrián Punturo, había sido denunciado por violar reiteradamente una orden de restricción que le prohibía acercarse a la mujer. En diciembre de 2024, se le había otorgado una suspensión de juicio a prueba, que lo obligaba a residir durante dos años en Santiago del Estero, portar una pulsera de seguimiento, mantener contacto con las autoridades de control, trabajar en esa provincia y someterse a tratamiento psicológico.

Sin embargo, en septiembre pasado, Punturo se quitó el dispositivo de monitoreo y desapareció durante una semana. Fue detenido en territorio santiagueño y trasladado nuevamente a Tucumán, donde se le imputó el delito de desobediencia judicial. La Justicia revocó entonces el beneficio anterior y lo llevó a juicio.

El expediente se resolvió mediante un acuerdo de juicio abreviado, en el cual Punturo reconoció su culpabilidad y fue condenado a un año de prisión condicional. Lo novedoso fue el compromiso asumido: residir en Santiago del Estero por cuatro años, sin posibilidad de regresar a Tucumán ni mantener contacto con la víctima.

El convenio fue suscrito por la fiscal Adriana Reinoso Cuello, los querellantes Patricia Neme y Patricio Char, y el defensor Guillermo Villalba, y homologado por el juez Eduardo González, quien dio por firme la resolución.

Villalba reconoció que se trató de “un acuerdo atípico”, pero justificó la medida: “Buscamos una salida que garantice la paz de ambas partes. Mi defendido entendió que, si incumple, terminará en prisión”, explicó.

Por su parte, el querellante Patricio Char destacó el fallo como un precedente ejemplificador en materia de violencia de género. “Se desterró a un acosador y se garantizó la tranquilidad de la víctima. No hay lugar para los tibios: o se actúa o se es cómplice. Este es un triunfo contra la violencia machista”, afirmó.

El antecedente no es único: años atrás, otro caso similar permitió que un acusado de violencia de género se radicara en Córdoba para evitar la prisión, con la condición de no regresar a su provincia. La víctima, identificada como F., relató el calvario que vivió desde los 19 años. “No era vida. Este hombre aparecía de madrugada, golpeaba mi ventana y no aceptaba un no como respuesta. Me decían que me mudara, pero me preguntaba por qué debía hacerlo si no había hecho nada”, expresó.

Cansada de la inacción judicial, decidió hacer pública su denuncia. “Fui muchas veces a la Policía y a la Justicia, pero no obtenía respuestas. Cuando mi situación empezó a afectarme en el trabajo, el gremio bancario me ayudó y ahí las cosas cambiaron”, contó.

Hoy, tras 12 años de acoso, F. asegura que la resolución le da un respiro. “No sé si él cumplirá, pero por fin siento que puedo empezar a vivir tranquila. A las mujeres que pasan por esto les digo que no se rindan. Es largo y doloroso, pero vale la pena. Es la única forma de recuperar la paz”, concluyó. ‌

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